El-Naffy Law, P.A.
← Blog
DUI· 15 de septiembre de 2026

Resultado de caso: cargos de DUI con lesiones terminan en absolución del jurado tras una moción para suprimir

Nuestro cliente enfrentaba tres cargos de DUI con daños a la propiedad/lesiones y un cargo de DUI. Una moción para suprimir concedida, una oferta de acuerdo rechazada, dos cargos retirados el día del juicio y un veredicto de no culpable. Así se desarrolló el caso y la ley de Florida detrás de cada paso.

By Carolle El-Naffy

Mazo de juez junto a una placa que dice DUI Law sobre un escritorio de madera

"Una oferta de acuerdo debe sopesarse frente a la evidencia que el estado realmente podría usar ante un jurado. El cliente merece una evaluación honesta de esa evidencia — y la decisión final es suya."

— Carolle El-Naffy

En resumen – En State of Florida v. P.J., nuestro cliente fue acusado de tres cargos de DUI con daños a la propiedad/lesiones y un cargo de DUI. Presentamos una moción para suprimir la declaración del cliente sobre haber consumido bebidas alcohólicas antes del accidente, y la corte la concedió. El cliente rechazó una oferta para declararse culpable de conducción imprudente (reckless driving). El día del juicio, el estado retiró dos cargos (nolle prosequi). Tras dos días de juicio con jurado, el jurado declaró al cliente no culpable de los dos cargos restantes.

Esta es la primera publicación de resultados de casos en nuestro blog. Todos los hechos del caso que aparecen abajo provienen del resumen ya publicado en nuestra página de Resultados de Casos. Donde usted quisiera más detalle, explicamos la ley general de Florida — la privacidad del cliente es lo primero.

Los cargos

Nuestro cliente, P.J., fue arrestado por conducir bajo la influencia después de chocar contra dos vehículos, causando daños a la propiedad y lesiones a los pasajeros. Los cargos fueron:

  • Tres cargos de DUI con daños a la propiedad/lesiones
  • Un cargo de DUI

Bajo el § 316.193(3) de los Estatutos de Florida, el DUI con daños exige más que un DUI. El estado debe probar una violación de DUI, que la persona manejaba el vehículo, y que esa conducción causó o contribuyó a causar el daño o la lesión. El DUI que causa daños a la propiedad o a la persona de otro es un delito menor de primer grado (misdemeanor), castigado con hasta un año de cárcel según el § 775.082. Si esa conducción causa lesiones corporales graves a otra persona, el delito es un delito grave de tercer grado (felony). Para el estatuto completo, vea Estatuto 316.193 de Florida: la ley de DUI explicada.

La moción para suprimir

Después de que P.J. contrató a nuestra firma, presentamos una moción para suprimir (motion to suppress) la declaración del cliente de haber consumido bebidas alcohólicas antes del accidente. La corte concedió la moción, y agendamos el caso para juicio.

En términos generales, en un caso de DUI admitir haber tomado puede ser una de las pruebas más dañinas que tiene el estado. Habla directamente del elemento de estar "bajo la influencia", en las propias palabras del acusado. Cuando un juez suprime una declaración, por lo general el estado no puede presentarla al jurado como prueba de culpabilidad.

La oferta de acuerdo, y por qué nuestro cliente dijo que no

Antes del juicio, el estado ofreció cambiar el cargo a conducción imprudente. Nuestro cliente la rechazó porque no quería nada en su récord.

Esa decisión le correspondía al cliente. Bajo la Regla 4-1.2 de las Reglas que Regulan el Colegio de Abogados de Florida (The Florida Bar), aceptar o no un acuerdo de culpabilidad es decisión del cliente, después de consultar con su abogado.

La conducción imprudente puede sonar como una salida suave, pero sigue siendo un delito penal en Florida, no una simple multa de tránsito. Ir a juicio también conlleva un riesgo real: la ley de Florida no permite que un tribunal retenga la adjudicación de culpabilidad (withhold adjudication) en una condena por DUI (§ 316.656). Sopesar esos dos caminos es exactamente la conversación que cliente y abogado deben tener antes del juicio.

El día del juicio: dos cargos retirados

El día del juicio, el estado desestimó dos de los cargos de DUI con daños a la propiedad/lesiones mediante nolle prosequi. El caso fue al jurado por el cargo restante de DUI con daños a la propiedad/lesiones y el cargo de DUI.

El veredicto

Después de dos días de juicio con jurado, el jurado declaró al cliente no culpable de ambos cargos.

Resultado: Absuelto por un jurado de un cargo de DUI con daños a la propiedad/lesiones y un cargo de DUI; nolle prosequi en dos cargos de DUI con daños a la propiedad/lesiones.

En Florida, el estado debe probar cada elemento más allá de toda duda razonable, y para emitir un veredicto todos los jurados deben estar de acuerdo (Regla 3.440 de Procedimiento Penal de Florida). Un veredicto de no culpable es definitivo: el Artículo I, § 9 de la Constitución de Florida prohíbe que una persona sea juzgada dos veces por el mismo delito.

Lo que muestra este caso

  • Las declaraciones merecen un examen minucioso. En cualquier caso de DUI, cómo y cuándo se obtuvo una declaración puede determinar si el jurado llega a escucharla.
  • Los cargos pueden cambiar hasta el último momento. Aquí, dos cargos se retiraron el día del juicio. Un caso no queda fijado por los cargos presentados al inicio.
  • Un cargo reducido sigue siendo un cargo. Una oferta de acuerdo merece compararse con frialdad contra la evidencia que realmente se admitiría en el juicio.
  • La decisión es del cliente. El trabajo del abogado es dar una evaluación honesta de los riesgos de ambos caminos.

Para saber más sobre cómo funciona la supresión, vea El poder de una moción para suprimir pruebas en la defensa penal.

¿Qué es una moción para suprimir en un caso de DUI en Florida?

Una moción para suprimir le pide al juez que excluya del juicio cierta evidencia porque se obtuvo de forma ilegal. Bajo la Regla 3.190(g) de Procedimiento Penal de Florida, enmendada con vigencia desde el 13 de julio de 2026 (In re Amendments to Fla. R. Crim. P. 3.190, No. SC2024-0839), el acusado que sostiene que el estado obtuvo sus declaraciones ilegalmente puede pedir que se supriman. La moción debe identificar las declaraciones y los motivos de la supresión, y debe presentarse antes del juicio o dentro del plazo que fije el juez, salvo que exista causa justificada para la demora o que el estado no se oponga.

Las declaraciones pueden impugnarse por varios motivos, según los hechos:

  • Miranda. Las advertencias son obligatorias en todo interrogatorio bajo custodia, sin importar lo leve del delito, pero la Corte Suprema de EE. UU. determinó que las preguntas de rutina al costado de la carretera durante una parada de tránsito ordinaria no son "bajo custodia" (Berkemer v. McCarty). Si el conductor estaba bajo custodia, y desde cuándo, es una cuestión de hecho.
  • El privilegio del reporte de accidente en Florida. Bajo el § 316.066(4), las declaraciones hechas para completar un reporte de accidente por lo general no pueden usarse como evidencia en un juicio, aunque un oficial puede declarar sobre lo que le dijo una persona involucrada en el choque si no se violó su derecho a no autoincriminarse.
  • Corpus delicti. Antes de que la confesión o admisión del acusado pueda usarse en su contra, Florida exige evidencia independiente y sustancial que tienda a demostrar que se cometió el delito imputado, incluida la existencia de cada uno de sus elementos; la identidad del acusado como autor no tiene que probarse de forma independiente (State v. Allen, 335 So. 2d 823 (Fla. 1976)).

El resumen publicado del caso de P.J. no indica qué motivos se argumentaron, así que no especulamos aquí.

¿Es la conducción imprudente una condena penal en Florida?

Sí. La conducción imprudente bajo el § 316.192 — conducir con "desprecio deliberado o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad" — es un delito penal, no una infracción civil (§ 318.17). Una primera condena conlleva hasta 90 días de cárcel, una multa de $25 a $500, o ambas; la conducción imprudente que causa daños a la propiedad o a la persona de otro es un delito menor de primer grado, y si causa lesiones corporales graves es un delito grave de tercer grado. Una condena además suma 4 puntos a la licencia de conducir de Florida (§ 322.27). Si el tribunal adjudica culpable a la persona, ese récord no puede sellarse por orden judicial bajo el § 943.059.

¿Qué significa nolle prosequi en un caso penal en Florida?

Un nolle prosequi ("nolle pros") es la decisión formal del fiscal de dejar de procesar un cargo. No es una condena ni una absolución. Por lo general, el estado puede volver a presentar un cargo retirado por nolle prosequi, pero no puede usarlo para evadir la regla de juicio rápido (speedy trial) de Florida (Regla 3.191(o) de Procedimiento Penal de Florida), y el plazo de prescripción sigue aplicando.

¿Puede un veredicto de no culpable borrar un arresto por DUI de su récord en Florida?

No por sí solo en todos los casos — el récord del arresto existe. La ley de Florida ordena al FDLE sellar automáticamente los antecedentes penales cuando los cargos se desestimaron o se retiraron por nolle prosequi en todos los cargos, cuando hubo un veredicto de no culpable en todos los cargos, o cuando se dictó una sentencia absolutoria (judgment of acquittal) en todos los cargos, con excepciones como los delitos graves violentos (forcible felonies) (§ 943.0595). El estatuto no aborda de forma expresa un caso que termina de manera mixta (por ejemplo, algunos cargos retirados por nolle prosequi y los demás resueltos con un veredicto de no culpable), así que conviene confirmar con el FDLE si el récord efectivamente se selló. Aun sellado, el récord sigue en poder del FDLE y de otras agencias de justicia penal. Aparte, una persona puede solicitar al tribunal la eliminación (expunction) del récord cuando los cargos se retiraron por nolle prosequi, se desestimaron o hubo veredicto de no culpable, sujeto a otros requisitos, entre ellos, por lo general, nunca haber sido adjudicada culpable de un delito y no haber sellado ni eliminado antes otro récord (§ 943.0585). Vea ¿Puede sellar o borrar su récord criminal en Florida?

Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar

Esta publicación describe un solo caso, tal como se resume en nuestra página de Resultados de Casos. Los resultados anteriores no garantizan ni predicen un resultado similar en ningún otro asunto. Cada caso es diferente y depende de sus propios hechos, evidencia y ley aplicable. Este artículo es información general, no asesoría legal, y leerlo no crea una relación abogado-cliente.

¿Acusado de DUI en Broward o Miami-Dade? Asesórese antes de decidir sobre un acuerdo

Antes de responder preguntas, aceptar una oferta o decidir si ir a juicio, obtenga una evaluación honesta de la evidencia en su contra. Carolle El-Naffy defiende casos de DUI en Broward y Miami-Dade, desde mociones de supresión hasta el juicio con jurado.

Llame al (305) 456-7576 75 Valencia Ave, Suite 800, Coral Gables, FL Consultas confidenciales disponibles

Llame Hoy para una Consulta Gratis

Estamos listos para defender sus derechos. Su primera llamada es siempre gratuita y confidencial.

(305) 456-7576