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Cargos CriminalesDrogas· 13 de agosto de 2026

Estatuto 893.13 de Florida explicado: posesión, venta y entrega de drogas

El Estatuto 893.13 de Florida es la ley detrás de casi todo cargo de drogas en el estado — desde un caso de cannabis como delito menor hasta una felonía de segundo grado. Así funcionan realmente las listas, los umbrales y las zonas de agravamiento.

By Carolle El-Naffy

Estatuto 893.13 de Florida explicado: posesión, venta y entrega de drogas

"Casi todo caso de drogas en Florida se decide por dos preguntas que el informe policial apenas menciona: ¿la posesión era realmente suya, y el registro fue realmente legal?"

Carolle El-Naffy

En resumen – El Estatuto 893.13 de Florida cubre la posesión, venta, fabricación y entrega de sustancias controladas. La posesión simple suele ser una felonía de tercer grado (hasta 5 años), 20 gramos o menos de cannabis es un delito menor de primer grado, y vender una sustancia de Lista I o II es una felonía de segundo grado. Dónde ocurrió el hecho — y cómo se encontró la droga — muchas veces importa más que lo que se encontró.

Qué cubre el Estatuto 893.13

El § 893.13 de los Estatutos de Florida forma parte de la Ley Integral de Prevención y Control del Abuso de Drogas de Florida (Capítulo 893). Prohíbe a toda persona:

  • Poseer una sustancia controlada sin una receta válida
  • Vender, fabricar o entregar una sustancia controlada
  • Poseer con la intención de vender, fabricar o entregar

La pena no es una sola cifra. Cambia según tres variables: en qué lista cae la sustancia, qué cantidad había, y dónde ocurrió la conducta.

El tráfico es un estatuto aparte — el § 893.135 — con mínimos obligatorios activados por peso. Si su caso se acusa bajo el 893.13, usted queda fuera de esos mínimos obligatorios, y esa es una diferencia importante.

Las listas de sustancias bajo el § 893.03

Florida clasifica las sustancias controladas en cinco listas en el § 893.03, según su potencial de abuso y su uso médico aceptado:

  • Lista I — alto potencial de abuso, sin uso médico aceptado en Florida. Heroína, MDMA, LSD y, según el estatuto estatal, el cannabis.
  • Lista II — alto potencial de abuso con uso médico aceptado. Cocaína, metanfetamina, oxicodona, hidrocodona, fentanilo.
  • Lista III — potencial de abuso moderado. Ketamina, esteroides anabólicos, buprenorfina.
  • Lista IV — menor potencial de abuso. Alprazolam (Xanax), diazepam, clonazepam.
  • Lista V — el potencial de abuso más bajo. Ciertas preparaciones con dosis bajas de codeína.

La lista determina el grado de la felonía. Por eso dos personas arrestadas con bolsitas de aspecto parecido pueden enfrentar exposiciones muy distintas.

Posesión simple: cómo son las penas

Bajo el § 893.13(6), poseer una sustancia controlada sin receta válida generalmente es:

  • Felonía de tercer grado para la mayoría de las sustancias controladas — hasta 5 años de prisión, 5 años de probation y una multa de $5,000.
  • Delito menor de primer grado para 20 gramos o menos de cannabis — hasta 1 año en la cárcel del condado y una multa de $1,000.
  • Más de 20 gramos de cannabis — de nuevo una felonía de tercer grado.
  • Sustancias de Lista V — por lo general un delito menor de segundo grado.

Para ver cómo se comparan esos grados dentro de toda la estructura de penas de Florida, lea Delito menor vs. felonía en Florida.

Una condena trae además una consecuencia colateral que muchos no anticipan: bajo el § 322.055, una condena por drogas activa una suspensión de la licencia de conducir por dos años, aunque puede existir la opción de una licencia por necesidad (hardship license).

Venta, entrega y posesión con intención

Bajo el § 893.13(1), pasar de la posesión a la distribución eleva mucho lo que está en juego:

  • Sustancias de Lista I o II (cocaína, heroína, metanfetamina, oxicodona) — felonía de segundo grado: hasta 15 años y una multa de $10,000.
  • Sustancias de Lista III o IVfelonía de tercer grado: hasta 5 años y una multa de $5,000.
  • Entrega de 20 gramos o menos de cannabis sin pagodelito menor de primer grado.

Note lo que falta en esa lista: una venta real. El estado no tiene que probar que hubo dinero de por medio. La posesión con intención puede construirse enteramente con evidencia circunstancial — cantidad, empaquetado, básculas, efectivo, mensajes de teléfono. Esa inferencia es discutible, y suele ser la pelea más importante del caso. Desglosamos la distinción en Posesión de drogas vs. intención de distribuir.

Zonas de agravamiento: la regla de los 1,000 pies

Las subsecciones 893.13(1)(c)–(f) elevan el grado del delito cuando una venta, entrega o posesión con intención ocurre a menos de 1,000 pies de lugares protegidos, entre ellos:

  • Escuelas y guarderías
  • Parques públicos y centros comunitarios
  • Viviendas públicas
  • Colegios y universidades
  • Lugares de culto
  • Negocios de conveniencia
  • Centros de vida asistida

En una zona escolar, vender una sustancia de Lista I o II puede convertirse en una felonía de primer grado con un mínimo obligatorio de tres años. En las zonas densas de Miami-Dade y Broward es difícil pararse en un lugar que no esté a menos de 1,000 pies de algo de esa lista — precisamente por eso la medición misma, y si el estado puede probarla, merece un escrutinio serio.

Posesión real vs. posesión constructiva

La posesión no exige que la droga esté en su mano.

  • Posesión real — sobre su persona, o a su alcance y control inmediato.
  • Posesión constructiva — en otro lugar (la consola de un carro, un apartamento compartido, una mochila), donde el estado debe probar que usted sabía de su presencia y que tenía la capacidad de ejercer dominio y control sobre ella.

Los casos de posesión constructiva son donde más se derrumban las acusaciones. Cuando varias personas ocupan un vehículo o una vivienda, la simple cercanía no basta. Sin una declaración, huellas, ADN o un argumento de acceso exclusivo, el estado puede no lograr vincular la sustancia con una persona en particular.

La cuestión del conocimiento bajo el § 893.101

Florida tomó aquí una decisión deliberada. Bajo el § 893.101, el conocimiento de la naturaleza ilícita de la sustancia no es un elemento que el estado deba probar. En cambio, la falta de ese conocimiento es una defensa afirmativa — que la defensa plantea y debe sustentar.

En la práctica, eso significa que el reparto de la carga probatoria es inusual, y que una defensa genuina de "yo no sabía qué había en la bolsa" debe construirse con cuidado y corroboración, no solo afirmarse.

Defensas frente a un cargo bajo el 893.13

Las defensas fuertes en casos de drogas suelen atacar la forma en que se obtuvo la evidencia o el vínculo entre la sustancia y el cliente:

  • Registro o incautación ilegal — sin sospecha razonable para la parada, sin causa probable ni consentimiento válido para el registro. Una moción de supresión exitosa muchas veces termina el caso.
  • Posesión constructiva débil — espacio compartido, varios ocupantes, sin prueba de conocimiento ni control.
  • Receta válida — una defensa completa frente a un cargo de posesión bajo el 893.13(6).
  • Falta de conocimiento — la defensa afirmativa preservada por el § 893.101.
  • Problemas de laboratorio y cadena de custodia — las pruebas de campo son presuntivas, no concluyentes; el peso, la identidad y el manejo se pueden impugnar.
  • Cannabis medicinal — uso lícito bajo el § 381.986 con registro válido, y problemas de análisis entre cáñamo y cannabis.
  • Entrampamiento (entrapment) — cuando la policía indujo una conducta a la que el acusado no estaba predispuesto.

Primeros ofensores y programas de desvío

Un primer arresto por drogas no es automáticamente una condena. Según el cargo y el condado, las opciones pueden incluir desvío prejudicial (pretrial diversion), corte de drogas (drug court) o una retención de adjudicación (withhold of adjudication) — es decir, sin condena formal en el récord. La corte de drogas de Miami-Dade es una de las más antiguas del país, y el Circuito 17 de Broward maneja sus propios programas de desvío.

Esa distinción importa después: un withhold puede dejar abierta la puerta a sellar el récord, mientras que una condena generalmente la cierra. Vea también Cómo trata Florida a los primeros ofensores.

Cargos relacionados

Los arrestos por drogas rara vez llegan solos. Los acompañantes más comunes incluyen parafernalia bajo el § 893.147 — vea cuánto cuesta una defensa por parafernalia — además del tráfico bajo el § 893.135 y, en casos mayores, un proceso federal en lugar de cargos estatales.

¿Acusado bajo el 893.13 en Miami-Dade o Broward? Empiece por el registro

La mayoría de los casos de drogas se ganan antes del juicio — en la moción de supresión, en la distancia entre la cercanía y la posesión, en el informe de laboratorio que nadie leyó con atención. Carolle El-Naffy examina cómo comenzó la parada, cómo se justificó el registro y si el estado realmente puede conectar la sustancia con usted.

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